Este Ayuntamiento va a proceder a poner en marcha un Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, en base al Decreto Ley 8/2014, de 10 de Junio.

 

DOÑA ELENA RUIZ BUENO, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE FERNÁN NÚÑEZ (CÓRDOBA), HACE SABER:

Que este Ayuntamiento va a proceder a poner en marcha un Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, en base al Decreto Ley 8/2014, de 10 de Junio.

El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación, está destinado a la contratación de personas en edad laboral pertenecientes a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos en el Art. 8 del Decreto Ley 8/2014, de 10 de Junio, de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Esta iniciativa responde a la aplicación del Decreto Ley 8/2014, de 10 de Junio, de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. Las personas seleccionadas formalizaran contrato de duración determinada por un mes con el salario previsto en dicho Decreto Ley.

A.-DESTINATARIOS:

Personas en edad laboral pertenecientes a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos en el Art 8 del Decreto Ley 8/2014, de 10 de Junio .

A tal efecto se considera unidad familiar, la constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso, las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda.

B.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS DESTRATARÍAS (Art 8 del Decreto-Ley):

Las personas destinatarias de! Programa de Ayuda a la Contratación, deberán reunir los siguientes requisitos:

a)    Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa, se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.

b)    Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa, pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

1.    ° Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa, todos las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en n mismo domicilio, ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las Personas andaluzas retornadas.

2.    ° Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:
–    Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPRE M), para unidades familiares de una sola persona.
–    Inferior a 1,3 veces el IPRE M para unidades familiares de dos personas.
–    Inferior a 1,5 veces el IPRE M para unidades familiares de tres personas.
–    Inferior a 1,7 veces el IPRE M para unidades familiares de cuatro o más personas.

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de !a solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.

c) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en este artículo.

C.- PLAZO DE SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN:

1. El procedimiento para acogerse a la contratación financiada con cargo al Programa de Ayuda a la Contratación se iniciará previa solicitud de las personas interesadas, conforme al modelo establecido en el Anexo I de este Decreto-ley, presentadas en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento, de lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábados de 10 a 12.30 horas.

2.-El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 18 de Septiembre al 2 de Octubre, ambos inclusive.

Con independencia de ello, y a efectos de dar la mayor difusión posible, se publicaran mediante cartelera y otros medios.

A la solicitud deberá acompañarse en todo caso:

a)    Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE), de la persona solicitante.

b)    En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia. En su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.

c)    En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho que Corresponda, o acreditación suficiente por otros medios de su relación de convivencia, y si se tuviesen descendencia, además, el libro de familia.

d)    Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas que
constituyen la unidad familiar cumplen con el requisito definido en el artículo 8.b).1.° del presente Decreto-ley.

e)    Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar, durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.

f)    Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante figura como demandante de empleo, inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al Programa.

g)    Informe de vida laboral de la persona solicitante, en el que se refleje el año anterior a la solicitud.

En el caso, de que se den alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 9. deberá aportarse según corresponda, además:

a)    Informe de vida laboral de cada uno de las personas componentes de la unidad familiar para el caso de que hayan trabajado algún período de tiempo durante el año anterior a la solicitud.
b)    Titulo de Familia Numerosa.
c)    Certificado de discapacidad o situación de dependencia.
d)    Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

Las declaraciones referidas en los apartados anteriores, se ajustarán a las fórmulas que han sido incorporadas al modelo de solicitud.

D.- BASES DEL PROCEDIMIENTO Y OTROS DOCUMENTOS Y NORMATIVA REGULADORA:

Las Bases del procedimiento a aplicar por el Ayuntamiento se encuentran publicadas en Tablón de Anuncios Electrónico de la Sede Electrónica en la Web Municipal [PULSAR AQUÍ] y Decreto Ley 8/2014, de 10 de Junio, de ¡a Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

E.- INFORMACIÓN Y SOLICITUDES:

Servicio de Desarrollo Local del Ayuntamiento y Registro de Entrada de Documentos.

Fernán Núñez, a 17 Septiembre 2014. La Alcaldesa, Elena Ruiz Bueno.-